Unidad u órgano interno | Facultades, funciones o atribuciones | Fuente legal | Enlace a la publicación o archivo correspondiente | Fecha última modificación (dd/mm/aaaa), si corresponde |
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Ministro | a) Conducir el Ministerio del Deporte en conformidad con las políticas e instrucciones que imparta la Presidenta de la República b) Colaborar con la Presidenta de la República en las funciones de gobierno y administración en el sector del deporte, proponiendo y evaluando las políticas y planes correspondientes , estudiando y proponiendo las normas aplicables al sector deportivo, velando por el cumplimiento de las normas dictadas, asignando recursos y fiscalizando las actividades del sector. |
Artículo 4, Ley N°20.686 y artículo 23, Ley N°18.575 Artículo 22, Ley N°18.575 | Ver enlace | Ley N°20.686 sin modificaciones Ley N°18.575 modificada 16/02/2011 |
Subsecretaria del Deporte | a) Ser Jefe Superior del Servicio y colaborar directamente en las funciones de la Ministra b) Coordinar la acción del Ministerio con el Instituto Nacional del Deporte, actuar como ministra de fe, ejercer la administración interna del Ministerio y cumplir las demás funciones que le señala la ley c) Subrogar a la Ministra |
Artículo 4, Ley N°20.686 y artículo 24, Ley N°18.575 Artículo 4, Ley N°20.686 y artículo 25, Ley N°18.575 | Ver enlace | ley N°20.686 sin modificaciones ley N°18.575 modificada 16/02/2011 |
SEREMIS de Deporte | Representar las funciones del Ministerio en la regiones, como parte de la desconcentración territorial de la función pública | Artículo 3, Ley N°20.686 y artículo 26, Ley N°18.575 | Ver enlace | ley N°20.686 sin modificaciones ley N°18.575 modificada 16/02/2011 |
División de Política y Gestión Deportiva | a) Asesorar al(la) Ministro(a) en la formulación y evaluación de las politicas deportivas, planes y programas destinados al desarrollo del deporte y la actividad física del país. b) Elaborar instrumentos de evaluación de políticas públicas, identificar problemáticas y realizar estudios que contribuyan a la toma de decisiones. c) Proporcionar a la División de Administración y Finanzas los antecedentes necesarios para la formulación de propuestas del presupuesto ministerial. |
Artículo 6 y 7, D.S. N° 75 del MINDEP, de 2014 , que Aprueba Reglamento Orgánico del Ministerio del Deporte | Ver enlace | D.S. N° 75, sin modificaciones |
División Jurídica | a) Prestar asesoría jurídica permanente al Ministerio, Subsecretaría, y sus dependencias en las materias de su competencia. b) Velar por la juridicidad de las actuaciones y actos administrativos emanados del Ministerio, la Subsecretaría y las Secretarías Regionales Ministeriales del Deporte, así como de las actos del Instituto Nacional de Deportes de Chile, en virtud del artículo 2° N° 16 de la Ley N° 20.686. c) Participar en la elaboración de la agenda legislativa del Ministerio y colaborar en el seguimiento y tramitación de los proyectos de Ley. |
Artículo 6 y 8, D.S. N° 75 del MINDEP, de 2014 , que Aprueba Reglamento Orgánico del Ministerio del Deporte | Ver enlace | D.S. N° 75, sin modificaciones |
División de Administración y Finanzas. | a) Administrar los recursos humanos, financieros y físicos del Ministerio, prestando apoyo a la gestión específica de cada una de sus Divisiones. b) Gestionar las adquisiciones, de todo tipo, del Ministerio del Deporte y velar por su apego a la normativa legal vigente. c) Ejercer un control sobre la ejecución presupuestaria del Instituto Nacional de Deportes de Chile, en razón de la Ley de Presupuestos de cada año |
Artículo 6 y 9, D.S. N° 75 del MINDEP, de 2014 , que Aprueba Reglamento Orgánico del Ministerio del Deporte | Ver enlace | D.S. N° 75, sin modificaciones |
División de Planificación y Control de Gestión. | a) Desarrollar el Programa de Mejoramiento de la Gestión. b) Efectuar seguimiento de los planes y programas realizados y/o ejecutados desde el Ministerio del Deporte e Instituto Nacional de Deportes de Chile. c) Apoyar con insumos técnicos a las Autoridades Ministeriales en la definición de orientaciones estratégicas de la institucionalidad. |
Artículo 6 y 10, D.S. N° 75 del MINDEP, de 2014 , que Aprueba Reglamento Orgánico del Ministerio del Deporte | Ver enlace | D.S. N° 75, sin modificaciones |
División de Comunicaciones y Relaciones Públicas. | a) Informar y difundir a través de los medios de comunicación tanto nacionales, como internacionales en distintas y diversas plataformas sobre los programas, actividades y beneficios a los ciudadanos y a sus beneficiarios directos. b) Generar productos audiovisuales como apoyo en la difusión de las noticias, planes y programas del Ministerio e Instituto y procesar y ordenar archivos gráficos con el registro del quehacer institucional. c) Gestionar y actualizar contenidos de la Intranet Institucional. |
Artículo 6 y 11, D.S. N° 75 del MINDEP, de 2014 , que Aprueba Reglamento Orgánico del Ministerio del Deporte | Ver enlace | D.S. N° 75, sin modificaciones |